Enfermedad y trabajo: cómo funciona el sistema de certificaciones médicas

Derecho Laboral

27 agosto 2025

Los trabajadores del sector privado que se ausentan por enfermedad pueden acceder a un subsidio del BPS. Conocé cómo funciona el sistema de certificaciones médicas, cuáles son los requisitos y hasta qué plazo se puede cobrar este beneficio.

Enfermedad y trabajo: cómo funciona el sistema de certificaciones médicas

Cuando un trabajador del ámbito privado debe ausentarse de sus tareas por enfermedad, la normativa uruguaya le otorga la posibilidad de acceder a un subsidio económico pagado por el Banco de Previsión Social (BPS). Para que esto ocurra, es necesario cumplir con determinadas condiciones, tanto médicas como laborales.

A continuación, repasamos los principales aspectos del sistema de certificaciones médicas y del subsidio por enfermedad.

Dos componentes de la protección frente a la enfermedad

El régimen que protege a los trabajadores privados frente a una enfermedad común se organiza en dos planos:

  1. Atención médica: se brinda a través del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) y se financia mediante los aportes al Fondo Nacional de Salud (FONASA). Gracias a este aporte obligatorio, el trabajador accede a prestaciones en instituciones privadas (mutualistas) o públicas (ASSE), que deben garantizar una cobertura mínima establecida por la normativa.
  2. Prestación económica: corresponde al subsidio por enfermedad, que paga el BPS siempre que se cumplan los requisitos exigidos. Este beneficio busca compensar la pérdida de ingresos del trabajador mientras está imposibilitado de realizar sus tareas.

Es importante diferenciar estas situaciones de aquellas derivadas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, que cuentan con un régimen propio y cobertura obligatoria mediante el Banco de Seguros del Estado (BSE).

Requisitos para acceder al subsidio

Para que un trabajador dependiente tenga derecho a cobrar el subsidio por enfermedad debe cumplir con ciertas condiciones de antigüedad:

  • Trabajadores jornaleros: haber registrado al menos 75 jornales efectivos dentro de los 12 meses previos.
  • Trabajadores mensuales: contar con tres meses de actividad en el mismo período.

En caso de multiempleo, la certificación debe abarcar todos los puestos de trabajo a la vez, de lo contrario no se genera el derecho al cobro.

Un régimen especial se aplica a las trabajadoras grávidas, quienes acceden al subsidio desde el inicio del vínculo laboral, sin necesidad de contar con la antigüedad mencionada, dada la protección reforzada que la ley establece en este caso.

Además de los dependientes, también pueden estar amparados monotributistas, socios de cooperativas y otros colectivos incluidos expresamente, aunque allí los requisitos varían, siendo clave estar al día con las cotizaciones.

Monto y forma de cálculo

El subsidio equivale al 70 % de los ingresos gravados, sin incluir el aguinaldo. Actualmente, existe un tope de $64.911 mensuales, al que se suma la cuota parte de aguinaldo.

El cálculo se realiza sobre el promedio de lo percibido en los 180 días previos al último día del mes anterior al inicio de la certificación.

El beneficio comienza a pagarse a partir del cuarto día de ausencia. La única excepción es cuando el trabajador requiere internación: en ese caso, el pago rige desde el primer día.

El BPS efectúa la liquidación en forma automática, una vez que:

  • el prestador de salud registre la certificación médica, y
  • el empleador cargue en el sistema el último día trabajado.


Procedimiento para acreditar la certificación

El proceso está totalmente digitalizado a través del Sistema Nacional de Certificaciones Laborales.

El trabajador debe concurrir a su prestador de salud, donde un médico constata el diagnóstico y determina el período de inactividad laboral. Esa información se ingresa directamente en el sistema, y de forma automática el empleador recibe un aviso electrónico para registrar el último día trabajado.

Si ese dato no se carga, el subsidio no se activa. Una vez completado el procedimiento, el BPS valida la certificación y efectúa el pago por el medio elegido por el trabajador.


Plazos máximos de cobertura

El subsidio se puede cobrar hasta por un año consecutivo, con posibilidad de extenderse por otro año adicional. Si la certificación es discontinua, el plazo máximo de cobertura se extiende a dos años dentro de un período de cuatro, siempre que la causa sea la misma enfermedad.

Cumplido este plazo, el beneficio cesa y, según la situación médica, el trabajador podrá:

  • acceder a un subsidio por incapacidad parcial, o
  • reintegrarse a sus tareas habituales.

Durante todo el tiempo que dure la certificación, el trabajador mantiene su cargo y goza de protección especial contra el despido. Si la empresa lo cesa mientras está certificado o dentro de los 30 días posteriores a su reintegro, corresponde un despido especial con indemnización doble, salvo que el empleador demuestre que la desvinculación no está vinculada con la enfermedad.

Otras noticias

Nuevo régimen de divorcio por sola voluntad

09 ene. 2026 Divorcio

La Ley de Presupuesto n° 20.446, vigente desde el 1° de enero de 2026 introdujo cambios en el divorcio por sola voluntad, reduciendo instanc...

Leer noticia

Conciliar no es obligar

04 dic. 2025 Ejercicio de la Profesión

Una reflexión sobre los límites de la conciliación judicial y la importancia de resguardar la libertad, la dignidad y la verdadera justicia...

Leer noticia

Tecno Vulnerables: ¿Dónde está el Derecho?

27 nov. 2025 Derechos Digitales

El auge de la IA como compañía o “terapia” sin controles adecuados está generando nuevas formas de desprotección, especialmente para persona...

Leer noticia
Ver todas
Contacto

¿Cómo podemos ayudarte?

Tu consulta es el primer paso hacia una solución justa y adecuada. Estamos aquí para ayudarte.

  • Ubicación
  • Río Negro esq. 18 de Julio
    Montevideo, Uruguay